FUERO DE SALUD
FUERO DE SALUD David Chapetón Niño Miembro de la Sociedad Colombiana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Con la expedición de la Ley 361 de 1997, se integró al ordenamiento jurídico colombiano el tema concerniente a la estabilidad laboral reforzada que protege a los ciudadanos que tengan enfermedades que afecten el desempeño en sus funciones laborales; al respecto, el artículo 26 de la mencionada norma establece: “… ninguna persona limitada podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización de la oficina de trabajo”. El referido artículo en su inciso segundo, establece la consecuencia para el empleador que despida a un trabajador con alguna limitación en su salud, de pagar "una indemnización correspondiente a ciento ochenta (180) días de salario, sin perjuicio de las demás prestaciones sociales e indemnizaciones". Este asunto, ha tenido varios desarrollos jurisprudenciales por la Corte Constit...